Educación Cívica

DERECHOS Y DEBERES

Por equipo Pauta Diaria

Palabras muy escuchadas desde octubre de 2019, cuando se supo por primera vez del “estallido social” en el país. Sin embargo, mucho se habla de los derechos pero que poco se mencionan los deberes, siendo que el segundo punto es una parte fundamental del ejercicio ciudadano.

Situándose en contexto se tiene que recordar que recién la cívica se vino a incorporar el año pasado a la malla educacional pero -al parecer es una asignatura que seguirá al debe-, puesto que presenta la desventaja de la popularidad de los derechos  por sobre los deberes, entre otros temas.

Asimismo, se tiene una línea investigativa muy pobre en el tema de los deberes del ciudadano, que se puede decir que se tienden a omitir pero que están expresados en la Constitución que es el acuerdo político y social donde se resguardan las reglas de convivencia de todos los actores de la sociedad.

Es asi como en la carta magna se encuentran especificados el derecho a la vida, salud, educación, libertad de enseñanza, asociarse, derecho a la propiedad y la libertad de emitir opinión informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, entre muchos otros.

Los deberes en la Constitución

Esta asignatura es clave en la formación no solo del ciudadano, sino que de la persona, puesto que es aquí el tiempo para enseñar el cómo funciona la sociedad, su sistema y por supuesto que sus instituciones.

“Los deberes de los ciudadanos no lo son todo, pero al menos contribuyen en gran medida al orden y la paz social. Se puede ver como ejemplo el de los países del norte europeo, en que tienen muy arraigado el principio de la responsabilidad en todo orden de cosas y eso los hizo grandes”, comentan fuentes expertas en la materia.

A lo que se puede agregar que “se puede apreciar un desequilibrio entre los derechos y deberes en diferentes estamentos y actores de la sociedad, por lo que resulta un imperativo que esta materia vuelva a las aulas.

Ahora bien, si se realiza un breve revisionismo se puede aprender de inmediato que en la Constitución, también se encuentran los ya aludidos deberes, siendo uno de los principales el que los chilenos tienen el deber fundamental de honrar a la patria, lo cual se tipifica en el artículo 22.

A los que se tiene que agregar el deber de hacer el servicio militar, de los deberes de los dirigentes de grupos intermedios (interviniendo indebidamente en actividades ajenas a sus fines específicos, serán sancionados en conformidad a la ley.

Con todo, según diversas fuentes es claro que se debe volver a impartir esta asignatura, por años pendiente y postergada en educación, pero se tiene que poner un especial énfasis en los deberes del ciudadano, para lograr un equilibrio.

 

Comentarios